Tasación de inmuebles en Paraguay: cómo se calcula el precio
Qué diferencia hay entre el valor fiscal y el valor de mercado, quién tasa un inmueble en Paraguay según sea para vender, para un banco o para un juicio, qué métodos se usan, qué documentos pide el tasador y para qué sirve una tasación online gratis.

Antes de vender, o de comprar, conviene separar tres cifras que a menudo se confunden: el valor fiscal que aparece en el impuesto inmobiliario, el valor de mercado que estima una tasación y el precio final, que es el que acuerdan comprador y vendedor. Aquí tienes qué es cada una, quién tasa en Paraguay y cómo se hace el cálculo.
Valor fiscal y valor de mercado
El valor fiscal lo establece la DNIT con información del Catastro, y cada año el Poder Ejecutivo aprueba por decreto el sistema de valoración. En un inmueble urbano es la suma del valor de la tierra, por metro cuadrado según la ubicación y la zonificación, y el de las construcciones, por metro cuadrado según su categoría, antigüedad y características. En uno rural se calcula por hectárea, según la aptitud del suelo (Ley 125/1991, art. 60, en la redacción de la Ley 7424/2025). Se actualiza cada año con la inflación medida por el Banco Central del Paraguay: para 2026, el Decreto 5181/2025 lo subió un 4,1 %.
Ese valor sirve para los impuestos:
- Es la base del impuesto inmobiliario anual, el 1 % con carácter general.
- Es el mínimo para la tasa de inscripción del Registro Unificado Nacional (RUN) y para el impuesto municipal a la transferencia, que se calculan sobre el precio de la escritura pero nunca por debajo del valor fiscal. Lo explicamos en el artículo sobre impuestos.
El valor de mercado es otra cosa: el importe por el que el inmueble podría cambiar de manos en una fecha determinada entre un comprador y un vendedor. Como el valor fiscal se actualiza con la inflación y no con los precios de los inmuebles, la distancia entre los dos puede ser muy grande. En febrero de 2024, la entonces directora del Servicio Nacional de Catastro calculaba que el valor fiscal rondaba el 10 % del precio de mercado en las zonas urbanas y que en las rurales podía quedarse en el 2 %. Por eso no sirve para fijar un precio de venta.




