Cuánto cobra una inmobiliaria en Paraguay
Si hay un arancel o la comisión es libre, cuánto se cobra en la práctica, quién la paga, cómo se aplica el IVA y qué debe incluir el servicio, con lo que dice el Código Civil sobre el corretaje y un ejemplo con una venta de 150.000 dólares.

En Paraguay ninguna ley fija cuánto cobra una inmobiliaria por vender un inmueble. La comisión se pacta entre la agencia y su cliente, y la ley solo dice cómo se resuelve lo que no se pactó. Antes de firmar una autorización de venta conviene saber qué es habitual, quién paga, cómo se aplica el IVA y qué deberías recibir a cambio.
No hay arancel: la comisión se pacta
No existe una ley que regule la profesión de corredor inmobiliario ni una tabla oficial de honorarios. La Asociación de Corredores Inmobiliarios del Paraguay lo señalaba en septiembre de 2025, cuando impulsaba un borrador de ley, y en agosto de 2026 su presidente seguía reclamando esa ley. Mientras tanto rige el Código Civil, que regula el contrato de corretaje en sus artículos 951 a 958:
- El corredor pone en relación a las partes para cerrar un negocio, sin depender de ninguna ni representarlas (art. 951).
- Tiene derecho a cobrar de cada una de las partes si el negocio se concluye por efecto de su intervención (art. 952).
- Si no hay pacto ni tarifa profesional, el juez fija el monto y cómo se reparte entre las partes, según los usos y, en su defecto, por equidad. Si se pactó una retribución excesiva, el juez puede reducirla a pedido de quien la paga (art. 952).
- Los gastos del corredor no se reembolsan salvo pacto expreso; si se pactaron, se pagan aunque la venta no llegue a hacerse (art. 953).
- Si intervienen dos o más corredores, cada uno tiene derecho a una parte de la remuneración (art. 955).




